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Modificación en el Registro de Apellidos de Recién Nacidos en México

Recientemente, en México, se ha producido un cambio significativo en la forma en que se registran los apellidos de los recién nacidos, todo gracias a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta resolución ha declarado inconstitucional la obligación previa de colocar primero el apellido paterno y luego el materno en las actas de nacimiento. A partir de ahora, los padres podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos de manera consensuada.

¿Qué determinó la Suprema Corte y por qué?

La SCJN estableció que las normas que imponían un orden obligatorio para los apellidos violaban el principio de igualdad y no discriminación, al favorecer el apellido paterno sobre el materno, lo que, según el tribunal, reforzaba estereotipos de género.

Con esta decisión, tomada de forma unánime en una acción de inconstitucionalidad, se invalidó el requisito de que los recién nacidos llevaran primero el apellido del padre y luego el de la madre. Ahora, madres y padres pueden decidir si desean poner primero el apellido materno o paterno al registrar a su hijo o hija.

¿Cómo funcionará la elección de apellidos?

La determinación de la SCJN implica que en el registro civil ya no se impondrá un orden preestablecido para los apellidos de los recién nacidos. Esto permitirá que:

  • Padres y madres decidan de manera conjunta el orden de los apellidos.
  • El apellido materno pueda colocarse primero si así lo deciden.
  • No exista una preferencia legal obligatoria por el apellido paterno.

Además, esta resolución abre la posibilidad de eliminar restricciones como la prohibición de apellidos compuestos o de incluir más de dos apellidos simples, siempre y cuando los padres estén de acuerdo.

¿Qué repercusiones tiene esta modificación?

Expertos y defensores de derechos humanos consideran que esta resolución fortalece la igualdad de género y el derecho a la identidad personal, al eliminar una norma histórica que privilegiaba automáticamente el apellido paterno sobre el materno.

Aunque la sentencia se originó a partir de la revisión de una norma específica en el estado de Yucatán, el criterio de la Suprema Corte establece un precedente que puede influir en la interpretación de leyes similares en todo el país, impactando a familias que buscan reflejar de manera más equitativa su identidad familiar en los registros oficiales.

En resumen, la modificación en el registro de apellidos de recién nacidos en México ha generado un importante cambio en la igualdad de género y la identidad familiar.

Los padres ahora pueden elegir el orden de los apellidos de sus hijos de manera consensuada.

Esta resolución de la SCJN sienta un precedente que podría influir en legislaciones similares en todo el país.

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